Corresponde a cheques cuyo beneficiario o librador es una Pyme, y cuenta en forma previa al ingreso para su negociación, con un aval emitido por cualquiera de las Sociedades de Garantía Recíproca (SGR) autorizadas por la Bolsa de Comercio. De esta forma, ante la eventual falta de pago de esos valores, la sociedad avalista deberá restituir los fondos al inversor dentro de las 48hs de conocida tal circunstancia. Para estos efectos, las SGRs cuentan con un fondo de riesgo líquido y supervisión de parte de la Secretaría PYME del Ministerio de Economía.
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