Corresponde a cheques librados por empresas autorizadas a cotizar sus valores por la Bolsa de Comercio. Estos son emitidos a la orden de un tercero (proveedor) que, mediante su endoso para la negociación, también se hace responsable solidario del pago del mismo. Para ser admitida su negociación en los mercados, los cheques deben ser librados por sociedades comerciales legalmente constituidas, cooperativas, asociaciones civiles, mutuales o fundaciones y endosadas por el beneficiario a favor de Caja de Valores SA, conforme lo dispone el Decreto 386/2003.
Informes de Cheques
COTIZACIONES DE CHEQUES DIFERIDOS