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25.08.2024

Las claves del nuevo blanqueo para los inversores: esto es lo que tienen que saber

Estos son los puntos que ayudan a explicar el por qué a medida que se van conociendo los detalles mediante la reglamentación del blanqueo, hacen que cada día más gente encuentre interesante participar.
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El nuevo Régimen de Regularización de Activos previsto en la Ley 27743 -más conocido como blanqueo de capitales- ocupa hoy gran parte de las consultas que recibimos diariamente. Es lógico ya que, por un lado, desde nuestro punto de vista es un blanqueo muy amigable, flexible y sobre todo, barato; y , por otra  lado, el contexto global y el acuerdo de intercambio de información fiscal firmado entre EEUU y Argentina hace cada vez más complicado y riesgoso mantener activos sin declarar.

Desde el punto de vista del Gobierno, no creemos que tenga un objetivo fiscal (recaudatorio), sino más bien que busca incentivar la reactivación de la actividad económica, además de aumentar las reservas del Banco Central.  De hecho, si lo analizamos en detalle -dadas las ventajas que enumeraremos más adelante- tiene incluso un importante beneficio fiscal para el que adhiere a este nuevo blanqueo.

Es difícil estimar el grado de adhesión que tendrá este blanqueo, pero por el interés percibido entre los principales estudios impositivos y diferentes referentes del mercado financiero, se estima que podrían ingresar por este nuevo blanqueo unos U$S 35.000/40.000 millones (techo calculado por el FMI).

Un resultado que es menor al obtenido en 2016, pero que entendemos lógico (dada la coyuntura y la historia), y como dijimos, debería generar un impacto positivo tanto en la recuperación del nivel de actividad económica, en la recaudación fiscal y en el nivel de reservas.

Veamos dicho esto, algunos puntos que nos ayudan a explicar el por qué a medida que se van conociendo los detalles mediante la reglamentación del blanqueo, hacen que cada día más gente encuentre interesante participar:

1) Bajo costo fiscal. Hay diferentes etapas, pero en la primera que finaliza el 30 de septiembre, la “penalidad” es de sólo el 5% sí el importe a blanquear supera los U$S100.000. Debajo de ese importe, considerado “franquicia”, el impuesto es 0%.

Un dato no menor, por otra parte, es que en esta primera etapa es la única en la que se puede blanquear dinero en efectivo, el cual recibe un tratamiento especial.  Por ejemplo, si es menos de USD 100.000, puede “usarse” sin penalidad y sin limitación desde el 1/10/2024. Por otra parte, si el importe de efectivo blanqueado supera los U$S 100.000, puede ser utilizado para realizar operaciones “autorizadas”, pudiendo incluso transferir dichos USD a otras cuentas especiales de blanqueo a partir de esa fecha.

2) Amplio universo de inversiones para no pagar la “penalidad”. Para aquellos que blanquean otros activos por importes superiores a U$S 100.000 (cuentas de inversión en el exterior o dinero depositado en el exterior), el abanico de activos elegibles para evitar el impuesto (solo en la primera de las etapas) es importante y diverso.  Incluye Títulos públicos, ONs, Acciones, Bopreales, Cheques de Pago Diferido y Pagarés, clases especiales de cuotapartes de FCI (que pueden estar invertidos en el país y/o en la región). También, y saliendo de lo financiero, se puede invertir en determinados proyectos inmobiliarios que cumplan que algunas características específicas.

Para acceder al beneficio y no pagar la penalidad, se deberá permanecer dentro de este universo de activos elegibles hasta el 31/12/2025. Más allá de esto, quien quiera realizar cualquier otra inversión o destino para esos fondos, podrá realizarlo sin restricción, pagando la penalidad del 5% correspondiente.

3) Flexibilidad para hacer rendir el patrimonio blanqueado. Además, de las opciones mencionadas, es importante entender que los inversores podrán cambiar de activos - dentro de las alternativas permitidas -siempre que lo hagan dentro de las cuentas especiales creadas a tal fin, denominadas cuentas CERA en los bancos, y CCERA en las ALYC-.

En otras palabras, una gestión activa (propia o de su asesor), permitirá obtener una renta a ese patrimonio blanqueado, siempre respetando el perfil y objetivo de cada cliente.

Sólo se retendrá el impuesto correspondiente en el caso de “moverse” por fuera de estas cuentas especiales y/o a activos no comprendidos (como, entre ellos, Cedears).

4) Beneficios impositivos.  “Tapón Fiscal”:  al regularizar bienes y activos no declarados hasta el 31 de diciembre de 2023 se perdonarán ciertas obligaciones tributarias y se evitarán fiscalizaciones a futuro sobre el pasado -aunque es importante saber que hay ciertas condiciones y/o limitaciones-.

Por ejemplo, si la AFIP detectara bienes al 31.12.2023 no declarados que superen el 10% del valor total de los bienes blanqueados, el tapón fiscal se perderá, pero no así los beneficios ya concedidos sobre los bienes blanqueados.

5) Opción de pago adelantado del Impuesto sobre los Bienes Personales por 5 años (2023 a 2027) y estabilidad fiscal hasta el 2038. Junto con el blanqueo la norma estableció la posibilidad de realizar una cancelación anticipada de este impuesto,   mediante el cual, quienes adhieran a dicho régimen, acceden a un beneficio significativo que es la estabilidad fiscal hasta el año 2038, periodo en el cual el estado nacional no podrá aumentar la carga fiscal. Punto importante que igualmente siempre consideramos apropiado analizar con un asesor fiscal.

Por otra parte, en cuanto al proceso en sí, la norma establece diferentes etapas y plazos. La Manifestación de Adhesión y Pago Inicial, que marca la etapa en la que se ingresó al régimen, posee 3 tramos:  la primera, que finaliza el 30/09, la segunda que finaliza el 31/12 y la última el 31/3/25.

También  se deberá realizar la presentación de la DDJJ que determina la identificación, valuación y respaldo de los bienes a declarar. Esta última, considerando siempre la “franquicia” de U$S 100.000 a 0% (esta se suma a la del blanqueo de dinero en efectivo por un monto menor a U$S 100.000). Por último, las Cuentas Especiales de Regularización de Activos, se pueden abrir en los bancos y en las ALYCs de forma 100% online facilitando todo el proceso.

De hecho, en PPI nuestros asesores financieros acompañarán y asesorarán a quienes quieran participar en este nuevo blanqueo, en el armado de su portafolio de inversiones para los bienes blanqueados, y en seguimiento de dichas inversiones, buscando para cada momento la mejor estrategia de inversión.


*** Nota originalmente publicada en Ámbito Financiero 

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